miércoles, 5 de octubre de 2022

 

Delitos en particular. Código Penal para el Estado de Zacatecas (Segunda Edición) de la Dra. Abigail Gaytán Martínez[1]

 

Cuauhtémoc Gutiérrez García[2]

 

Con la segunda edición, actualizada acorde a las reformas del Código Penal del Estado de Zacatecas a partir del 1 de enero de 2020; el texto se dirige primordialmente a los estudiantes que cursan Derecho Penal II, Delitos en particular, de la licenciatura en derecho impartida en la Unidad Académica de Derecho de la Universidad Autónoma de Zacatecas. Permítaseme decir, en una primera instancia, que el libro en cuestión cumple con su cometido; y que por tanto, su enfoque es riguroso, metodológico y de lenguaje preciso, que en conjunto, está llamado a convertirse en una guía de consulta obligada para esta materia. Sin embargo, conforme avanza en la lectura se apuntan aspectos que rebasan el objetivo principal, convirtiendo a la labor legislativa como parte del análisis, advirtiendo los vacíos, las imprecisiones lingüísticas y conceptuales, la falta de armonización, además, en su momento haciendo propuestas concretas de redacción para aquellos artículos comentados.

 

Recordemos que el subtítulo del texto nos acota al contenido, esto es, el análisis dogmático de los delitos en particular, en otras palabras, al estudio integral del ordenamiento penal positivo, sobre los delitos, las penas y las medidas de seguridad. Fijo de esa manera, se analiza cada uno de los delitos en particular, la conducta típica, la antijuricidad, la culpabilidad e imputabilidad, la punibilidad, participación, y la perseguibilidad o procedencia; cada uno de los elementos anteriormente citados, se revisarán profusamente con base al derecho positivo, la jurisprudencia y, cuando es necesario, la doctrina, sobre todo cuando los primeros cuerpos legales no contienen los conceptos aludidos o son necesarios para mayor precisión conceptual. Son incluidos aquellos delitos con las divisiones conocidas: delitos contra la vida y la integridad corporal, contra el patrimonio, contra la libertad sexual e integridad de las personas y el orden de la familia.

 

El principio de legalidad penal, acuñado por el  jurista y filósofo Paul Johann Anselm Ritter von Feurebach, autor del Código Penal de Baviera (1813), situado éste en el proceso de Codificación, y que, formulado en latín, afirma “Nullum Crimen, Nulla Poena sine Praevia Lege Poenali  [no hay delito ni pena sin ley, en forma reducida], permite observar un contexto amplio; se derivan de este principio cuatro prohibiciones: 1) lex scripta, es necesario una ley escrita que describa el delito y su punición; 2) lex praevia, que la ley escrita no sea retroactiva al hecho; 3) lex certa, que la ley sea precisa en la descripción con la construcción del tipo penal; y 4) lex stricta, que no se admita analogía contra legem. De estas se desprenden, numerosísimos problemas que hoy día se discuten y reflexionan desde diferentes ángulos y ámbitos; con mayor acuciosidad y vigencia, desde mi punto de vista, será la interpretación de la norma, o mejor dicho, y ya en la materia, la reconstrucción de la norma. Por otro lado no podemos dejar pasar por alto que el discurso jurídico tiene tres niveles: el contexto de fundamentación, en el que se establecen los bienes jurídicos protegidos, el reconstructivo de la norma (ya citado), los enunciados normativos generales y, finalmente, el contexto de la aplicación, esto es, la particularización de la norma. Con este breve paréntesis, vemos la difícil tarea que asume la doctora Abigail Gaytán Martínez, al descifrar en el aula la complejidad con la que nos enfrentaremos, el día a día de la pesada carga que el penalista se echa a los hombros.

 

Me llama la atención en forma particular como la autora, en su análisis de delitos contra la vida e integridad corporal, tal cual, coloca especial énfasis en el de lesiones, homicidio y parricidio; este último sin actualizarse debidamente en nuestro Código como homicidio especial calificado en razón de parentesco o relación, por ejemplo; o bien, en caso del feminicidio, de la ubicación del delito de entorpecimiento malicioso por negligencia en la procuración y administración de justicia por parte del servidor público; en caso del aborto genérico, las atenuantes valorativas que el legislador prevé para encubrir el “desliz” de una mujer (…que no tenga mala fama) por causas de honor. Regresando al delito de lesiones, resulta interesante el análisis respecto al último párrafo del artículo 291, el que establece que cuando el autor de la lesión sea una persona de notoria o escasa instrucción, a criterio del juez y tratándose de primera ocasión, se le obligará a asistir a varias terapias en el sistema DIF, medida a contracorriente, porque dispone que el sistema DIF de cumplimiento con la medida de seguridad; además de esta, hay otras perlas legislativas que merecen atención especial; resulta también de interés la revisión realizada, para el caso de homicidio, la punibilidad atenuada al inferirse en riña o duelo. Estas observaciones, aunque no forman parte del propósito del libro como se dijo, sí permiten detectar variados problemas del trabajo del legislador zacatecano, que pueden ser motivo de otros estudios, siendo estos una fuente de información que fortalezcan la labor legislativa.

 

Por último, la labor docente es una intervención constante y por ende, continuada, y si se materializa con una producción bibliográfica qué mejor; porque sólo entonces se puede abrir paso a otras esferas, no sólo las de carácter académico, va sembrando problemas y dudas las que deberán de resolverse, y agréguese, en el estado de Zacatecas, la situación contingente por la que se produce un incremento de los homicidios dolosos causados por armas de fuego, entre otros, y de los delitos denominados con el eufemismo de alto impacto. Vale decir, que la trayectoria de la doctora Abigail Gaytán Martínez se destaca por la función esencial del docente: estimular a sus alumnos para que fijen su mirada más allá, en el prolífico deber de estar siempre estudiando.



[1] http://ricaxcan.uaz.edu.mx/jspui/handle/20.500.11845/3061

[2] Licenciado en Derecho, egresado de la Unidad Académica de Derecho, Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas.

miércoles, 21 de septiembre de 2022

 El derecho de petición

Cuauhtémoc Gutiérrez García[1]

 

Por qué, para qué y a quién pedimos; qué, cómo y cuándo solicitamos. Estas demandas nos convertirán, según sea el caso, en feligreses, parroquianos, pupilos, activistas, conversos, arrepentidos, ausentes, desencantados, invisibles, transgresores, mendicantes, canallas, rufianes (aquí me detengo); no obstante las anteriores formas, nos interesaremos en la calidad que tiene una persona de gobernado o administrado, según se nombre en el (¡uff!) respectivo conjunto de leyes, que los relacionaran con el órgano de gobierno o en forma particular, con algún funcionario o servidor público, y este último está facultado, otra vez por la ley, o con la discrecional de su cargo, para acordar o resolver un asunto que le ha sido planteado por el gobernado usando el derecho de petición. Dicho lo anterior, vamos por partes, para explicar ese derecho consagrado en el artículo octavo de la constitución.

 

El derecho de petición, apunta la doctrina, es una institución con profundas raíces sociales, que ha evolucionado acorde a las relaciones de subordinación que tenemos los seres humanos, otrora con las deidades (¡válgame!) o el rimbombante y sonoro ethos. Cualquiera que fuera su curso o causa, las relaciones de poder, tiene fundamentalmente dos polos: el poseedor y el desposeído, el que lo ejerce u obedece, el que las puede o el que apechuga, para entendernos; por tanto, precisemos en forma sintética, que serían las respuestas de las autoridades, incluidas las eclesiásticas, a las peticiones, llamamientos, súplicas o consultas de sus súbditos y fieles al monarca, máxima instancia judicial, que entre otros activos, sumarían la virtud, la piedad y condescendencia hacia sus súbditos. A partir de aquí atenderemos a las dos grandes vertientes jurídicas: la inglesa (por defecto la norteamericana) y la francesa; finalizando con la mexicana.

 

La primera vertiente el derecho de petición se consagra en la declaración de derechos (Bill of Rights, 1689): “It is the rights of the subjects to petition the King and the all commimentes and prosecutions such petitioning are illegal [Es derecho de los súbditos presentar una petición al Rey y todos los compromisos y enjuiciamientos de tales peticiones son ilegales]”; y en la segunda, la francesa Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (1793), en su artículo 32 señala “el derecho de presentar peticiones a los depositarios de la autoridad pública no pueden ser, en ningún caso, prohibido, suspendido o limitado”, de ahí la influencia en los movimientos constitucionales en otras latitudes.

 

En México la encontramos desde la Constitución de Apatzingan (1814), establecido en el artículo 37: “A ningún ciudadano debe coartarse la libertad de reclamar sus derechos ante los funcionarios de la autoridad pública”. En el Acta Constitutiva y de Reformas (1847), es imprescindible citar el texto del jurista Mariano Otero cuando emite su voto en particular: “.. el artículo 2o. que yo propongo, establece que el derecho de la ciudadanía trae consigo el de votar en las elecciones populares, el de ejercer el de petición, el de reunirse para discutir los negocios públicos, y finalmente, el de pertenecer a la Guardia Nacional, (…) De estas tres últimas prerrogativas no se había hecho mención en ninguna de nuestras anteriores Constituciones, y sin embargo son de mayor importancia”. Con las vicisitudes políticas de la república, finalmente se consagró en el numeral octavo de la Constitución de 1857: “Es inviolable el derecho de petición ejercido por escrito, de una manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo pueden ejercerlo los ciudadanos de la República. A toda petición debe recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, y ésta tiene la obligación de hacer conocer el resultado al peticionario”; como se advierte para este artículo, en la Constitución de 1917, su redacción es prácticamente la misma, iniciando con el sabido “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición…”  El derecho de petición no sólo se regula en el artículo 8º, adicionalmente,  lo está en el 9º y 35º en su fracción V, donde se precisan los derechos de la ciudadanía. Para el caso del Estado de Zacatecas, este derecho se encuentra en el artículo 29 de su Constitución, además remitiéndolo directamente al artículo de la Constitución Federal y, adicionalmente, establece el plazo para que la autoridad responda de treinta días hábiles.

 

A grandes rasgos hemos apuntado el desarrollo de este derecho, mediante el cual el habitante lo ejerce sin limitaciones más allá de las estrictamente señaladas (el medio puede ser escrito u oral, pacífica y respetuosa) solicita la intervención de un funcionario público para  emitir una respuesta, y esta cumpla con las formalidades del caso (preferentemente por escrito y dentro del plazo); la solicitud puede ser de naturaleza diversa, encuadrada en las funciones del ente público; de ahí que, lo establece el propio texto constitucional, queda implícito otro derecho: el de respuesta; por lo que la acción iniciada por el gobernado fortalecerá este vínculo comunicativo, esencial en todo proceso y sociedad democrática. Al respecto, coincidimos con el jurista David Cienfuegos Salgado (El derecho de petición en México, IIJ UNAM, 2004) quien establece que este derecho es un derecho humano que protege otros, íntimamente relacionados entre sí, y de naturaleza jurídica superior, como el de la educación, la cultura o del medio ambiente sano, por citar algunos cuantos. También tiene figuras afines como la acción, el recurso administrativo, la denuncia, iniciativa ciudadana, queja e instancia, además, coinciden varios autores, lo será el propio juicio de amparo, lo que nos da una idea de los alcances de este, no sólo en la vía procesal si no en su forma ordinaria.

 

El peticionario, en situaciones particularmente críticas como las actuales, demanda la intervención del funcionario en prácticamente en todos los órdenes de gobierno, solicitando de éstos un pronunciamiento objetivo y realista, sin tener que acudir a otras instancias, como la usual y eficaz presión y su exhibición pública; recuérdese que no son suficientes los recursos retóricos (“yo tengo otros datos”, “herencia maldita”) que sirve como salvoconductos a las responsabilidades del servidor para prescindir de su obligación de responder oportunamente, y no lanzar al peticionario a la mendicidad pública.



[1] Licenciado en Derecho, egresado de la Unidad Académica de Derecho, Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas.

viernes, 11 de noviembre de 2016

Nuestros años verde olivo

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Leí tiempo atrás, algunos textos de Roberto Ampuero (Valparaíso, Chile, 1953), entre los que se encontraban El último tango de Salvador Allende (2012), El caso Neruda (2008) y Nuestros años verde olivo (1999), no necesariamente en el orden indicado;  estas novelas, se refieren, de manera general, a un periodo relativo al proceso de gestación del golpe y el asalto al palacio de La Moneda; en esas andaba, tratando de  abordar de forma sistemática la obra de Ampuero; circunstancialmente en ese tiempo,  pasé una noche de guardia en el hospital tras una cirugía practicada a mi esposa; ella me platicó que una joven, madre reciente, le preguntó que si conocía el significado del nombre Neftalí, porque así quería nombrar a su hijo, el cual, pese a los cuidados, mostraba un precario estado de salud. Inmediatamente, lo asocié con nombre de Ricardo Eliécer Neftalí Reyes Basoalto, quien como tal, dejara de existir para que en su nombre, Pablo Neruda, nos asombrara con su densa obra poética.
Esta coincidencia, junto con la lectura de la obra de Ampuero, trajo a mi memoria lo que en alguna ocasión había leído en una versión electrónica del periódico La Tercera: un amplio reportaje del periodista Javier Ortega elaborado tras la publicación de Nuestros años verde olivo lectura, que según recuerdo, me resultó gratificante;  este singular y exhaustivo trabajo periodístico, nos remite, nuevamente, a ese periodo particular de la historia chilena. Un texto confiable por la cantidad de fuentes y opiniones consultadas para su elaboración; describe acuciosamente la gestación del movimiento  del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, y el impulso que recibió desde La Habana. 
Hay en la historia de Nuestros años verde olivo,  una riquísima fuente para conocer de cerca cuatro décadas de la historia no sólo chilena, sino de diferentes paises latinoamericanos que, increíblemente, parece que han desistido hablar de ello, de sus raíces gestadas en los movimientos de izquierda (sí, todo lo que  signifique o lo que pueda significar); o quizá por el agotamiento físico de los eternos referentes: Fidel, Raúl, Daniel.
Le respondí, finalmente, que Neftalí, necesariamente, tendría que estar acompañado de Eliécer, Eleciér Neftalí, la combianación de ambos nombres y su significado nos da una frase: "con la ayuda de Dios venceré".


 
 
 

domingo, 30 de agosto de 2009

Francisco Tario

Pregunté al librero, poeta y bibliófilo Uriel Martínez, si tenía en su catálogo algún libro de Francisco Tario (1911-1977); en ese momento mencionó que sólo contaba con una antología de cuentos mexicanos y en ella aparecía uno del autor; decliné la oferta; pero este me informó que en breve viajaría a la ciudad de México y visitaría las librerías de viejo para buscarme algún título de Tario, porque tenía en su biblioteca la primera edición de Equinoccio, publicado en 1946, y de esa forma lo consiguió. Haciendo gala de sus dotes de librero, un arte escaso en estos tiempos y dominado por pocos, ubicado entre el vasto conocimiento y curiosidad literaria, además conjugado con galantería y finura mercantil. Ya instalados en el tema y acompañados de sendas tazas de café de calcetín, citó un artículo aparecido en el suplemento cultural Confabulario, escrito por Alejandro Toledo, precisamente sobre Efrén Hernández (1904-1958) en el que construye líneas imaginarias que una vez trazadas tocan las obras del escritor uruguayo Felisberto Hernández (1902-1964) además de Francisco Tario. Preceptos comunes en la obra de estos dos últimos: fantástico, extraño e insólito, además de narrativas marginales y discordantes; pero también, particularmente en el caso de Tario, poco estudiado y menos aún leído; afortunadamente en la actualidad, me dijo Uriel Martínez, se puede encontrar una edición de Lectorum de dos volúmenes donde se reúnen sus cuentos; al menos escuchar eso ya era una ventaja, sobre todo porque la publicación de sus obras fueron de tirajes y distribución limitada.

Encontré dispersos tres cuentos de Tario, “Entre tus dedos helados”, “La noche del féretro” y “Ragú de ternera”; oníricos, sobrecogedores, de personajes ubicuos, resbaladizos, delirantes y fatalistas, cercanos a la demencia. Insisto por aquí y por allá rebuscando, tratando de localizar algo más de este autor y en realidad encuentro poco; algunos datos dispersos de su biografía y precoz calvicie. Portero, informan, durante algunos años del equipo Asturias, empresario cinematográfico en Acapulco; viajero que trasladó a España su punto de partida para varios periplos a otros países europeos. Veo dos fotografías del autor sin identificar la fecha y el lugar donde fueron tomadas, guardan aún los atributos del que practicó con disciplina el deporte; el mismo Alejandro Toledo cita que una magnífica fotografía en sus tiempos de portero, se utilizó como publicidad para los cigarros Elegantes, sí, de esos que fumaba El Tapado, según la versión del monero Abel Quezada. Pero yo continuaba sin conseguir más textos ni los dos tomos volúmenes de Lectorum; Tario permanecía en mi mente como un narrador prácticamente desconocido; un autor marginal, y un gran ausente; porque su obra aún sigue fuera del contexto de las letras mexicanas, y hasta donde entiendo, continúa causando la impresión de marginalidad, por el hecho de que su obra no pertenece a una corriente o grupo literario, más bien por ser divergente respecto a la demás producción literaria contemporánea del autor.

Recibí noticias de Uriel, localizó Equinoccio; veo que en la edición sólo aparece el año de la publicación, y sin pie de imprenta. Voy de sorpresa en sorpresa, la primera es que no es un libro de relatos, sino de aforismos, pero con igual entusiasmo lo leo y lo encuentro sorprendente, sobre todo por la agudeza y el constante reto que implica cada una de las metáforas, además del uso intenso y preciso del lenguaje; es un libro sustancial y sintético, además noto como causa y no como efecto, producir desequilibrios; no es una lectura tersa, porque es un ejercicio y un constante reflexionar sobre personas y situaciones cotidianas. Francisco Tario seduce y nos hace perseguir fantasmas, objetos, animales, a hombres y mujeres desequilibrados. En este libro retoma obsesiones presentes en su demás obra; además de la recurrencia de temas que le despiertan constante inquietud, o el silencio que produce contemplar seres inertes, y el efecto que la muerte produce en ellos:

“Siempre es preferible atrincherarse que disolverse. La Sociedad se nutre de cadáveres descompuestos. Y el hombre es una bestia famélica, envidiosa e insaciable.”

Francisco Tario sigue siendo, como decía yo al principio, un magnífico desconocido.

viernes, 31 de octubre de 2008


Barbara Jacobs

Cuauhtémoc Gutiérrez García

 Visitando algunos textos dispersos de Bárbara Jacobs (México, D.F. 1947), releí su libro Escrito en el tiempo, que es una colección de cincuenta y tres cartas dirigidas al director de la revista Time sobre temas tratados en el mismo número de publicaciones; todas con un denominador común: inician con una pregunta, y de esta parte todas las reflexiones de la escritora sobre el tema leído en la revista. ¿Por qué estas cartas con una pregunta general atrapan al lector en el tema y el autor es capaz de conducirlo hasta que concluye con sus reflexiones?  ¿Es el género, es la técnica, es el oficio, o en cambio lo es todo?

 Cuando me propuse por primera vez escribir esta columna, aclaro, ha pasado mucho tiempo desde que lo hacía para la radio, y más aún cuando lo hice para un suplemento cultural; pensé que la crónica era el género idóneo; porque podría, según mi opinión inicial, visitar temas sin ser un especialista en la materia y encontrarles fundamentalmente algunas correlaciones con temas culturales o de interés general; hasta ese momento me parecía una cuestión sensata; el problema fue, por decirlo así, el principio. Aquellas notas que había acumulado, nos las podía transportar al papel; datos sueltos, imprecisiones gramaticales, párrafos deshilvanados, todo ello en realidad no eran nada. Nada en absoluto. Pero no podía desistir, algo debe de salir, pensé por largos días −en realidad lo sigo pensando−, qué tan tozudo puedo ser y hacerlo tangible, o mejor dicho, algo que se pueda leer, porque sabido es mis recursos literarios son limitados. La tradición me indicaba, como decíamos en aquellos años, que publicar era una tarea fundamental para la formación de los cuadros, sí así era el término, y para intensificar la discusión de las ideas. ¿Qué pasó? Nos cansamos de publicar, o de exponer nuestra nuestro ideario y toda nuestra carga intelectual. Creo que ninguna de las dos cosas; simplemente hubo pocos que lo hicieron sistemáticamente, ese era otro de nuestros términos utilitarios frecuentes, y no precisamente exponían sus idearios, ni analizaban, ni promovían el libre flujo de ideas, ni… bueno en fin, el escribir es una ardua tarea y se vuelve más complicada cuando no tienes ni el oficio, ni la intención, ni necesidad de expresarte, porque al final del día te conformas con ser un lector contumaz, medianamente enterado del mundillo literario.

martes, 7 de octubre de 2008

Buscando a Platón Volkow

Zinaida Bronstein nació el 27 de marzo de 1901 en la zona montañosa del lago Baikal en Siberia, y se suicidó el 5 de enero de 1933 en Berlín. Sobre Zina o Zinushka, escribió Víctor Serge que “se parecía rasgo por rasgo a su padre, con una viva inteligencia y una gran firmeza del alma”; también Isaac Deutscher coincide con la anterior descripción, y además subraya que “tenía la mismas facciones angulosas y la misma tez morena, los mismos ojos expresivos, la misma sonrisa, la misma ironía sardónica, las mismas emociones profundas y también algo de su mente indomable y de su elocuencia. Parecía haber heredado sus pasiones políticas, su militancia y su hambre de actividad”. Zina fue una militante febril; al igual que sus padres sufrió cárcel, deportación y persecución política; seguramente esas circunstancias le agotaron física y emocionalmente. El exilio es una tragedia personal, pero sumado al exterminio físico sistemático de las personas, es para todos nosotros una tragedia colectiva. La de Zina fue una de tantas familias de origen ucraniano que sufrieron de la persecución y la muerte; de su entorno su hermana Nina, sus medios hermanos Lev y Sergei fueron perseguidos y asesinados; la tragedia de esta familia nos alcanzó de alguna manera y tiene que ver también con México, porque el hijo de Zina, Sieva o Esteban como se le conoce, se naturalizó como ciudadano mexicano y aquí formó su familia con una trasterrada española; de ese matrimonio procrearon cuatro hijas: Verónica, poeta; Nora, psiquiatra, Natalia, economista y Patricia, médica.


Existen muchísimas historias de exiliados que forman parte de la nuestra y que debemos revisarlas y darles su justa dimensión aquí en México; a excepción del exilio español que se caracterizó por se uno de los más organizados, nos hace falta revisar los otros, la de las otras nacionalidades que si bien, en cantidad no fueron como el citado, esos otros ciudadanos también han contribuido al desarrollo de la ciencia, la cultura y el arte del país. También hay historias que deberían de contarse, entre la intimidad de la tragedia y el espacio recreado en su adopción de estas tierras, como diría Rodolfo Usigli, salvando las distancias y la complejidad de los personajes, son parte de nuestro imaginario, y son propiamente mexicanos; y es en ese sentido, que no estaría de más, retomando nuevamente lo dicho por Usigli, a través de la poesía como único instrumento para poner en su punto la existencia de estos personajes. Creemos que Zina nunca pensó que México sería el destino final del hijo que procreó con Platón Volcow; sigue persistiendo la idea de reinventarle su historia, porque tenemos un referente la producción poética de Verónica Volcow, además de diversos ensayos literarios.

 

Vale la pena  traer a cuenta una fragmento de la carta que escribiera el 27 de marzo de 1959, Jeanne Martin: “Usted sabe, Zina en definitiva se había olvidado un poco de Platón. Hacía tanto tiempo que se habían separado que verdaderamente no se le podría realmente reprochar  nada. Se estaba curando de su tuberculosis. No quería en absoluto regresar a Rusia, muy por el contrario. Era L.D. el que quería que ella pensara en regresar, pues había comenzado a comportarse de una manera muy razonable desde varios puntos de vista. Temía sobre todo verse algún día obligada a regresar a Rusia. Tuvo realmente accesos de delirio y fue internada para que la trataran en una clínica, pero jamás llegó a perder su espíritu y todo eso”. Platón Ivanovich Platón había sido deportado en 1928 y más tarde fusilado.

 En una carta abierta que dirigió el padre de Zinaida Volkova, escrita el 11 de enero de 1933,  en dónde hace mención, entre otras cosas de que tanto él como su esposa, y sus hijos fueron privados de la ciudadanía soviética, ese hecho “fue un miserable y estúpido acto de venganza en mi contra. Para ella, este acto de venganza significaba romper con su hijita, su esposo, su trabajo y todo lo que constituía su vida normal”,  continúa “aun así la persecución de mi hija no tuvo ni un asomo de sentido político. La pérdida de la ciudadanía soviética y, con ello, la única esperanza de volver a un ambiente normal y recuperarse… no constituye más que un acto de venganza miserable y entupido”.  Firma la carta, quien no tardarían ser aniquilado más tarde en Coyoacán, México: León Trotsky.